El fútbol es el deporte más seguido en México. De acuerdo con una reciente encuesta, el 53.8% de los mexicanos les gusta ver, jugar o estar enterado de este deporte (Mitofsky, enero de 2016). Es, además, un deporte fragmentado. Si bien existen algunos equipos que aglutinan a una porción importante de la afición, la mayoría de los clubes concentra al 5%, o menos, de los aficionados. No obstante, cuando juega la Selección Mexicana, la mayor parte de los futboleros tiene un solo equipo. Decirlo quizá sea un cliché, pero lo cierto es que la inmensa mayoría de los aficionados apoya a la Selección. Emociones y decepciones aparte, el tricolor es el equipo de todos, o al menos de la mayoría.
En este sentido, el fútbol y las cuestiones electorales se parecen muy poco. Cuesta trabajo encontrar un tema dentro de la agenda nacional que suscite un amplio consenso. En nuestra discusión pública, la variedad de puntos de vista suele ser la regla y pocas veces la excepción. Sucede, sin embargo, que desde hace ya varios meses se aprobó una iniciativa que logró unificar a una gran cantidad de voces en su contra, generando un rechazo casi unánime por parte de la sociedad civil y la opinión pública.
Con la llamada #LeyDeCuates, impulsada por senadores del PRI, PAN, PRD y PVEM, el Congreso prorrogó el mandado de cuatro magistrados electorales de la Sala Superior del Tribunal Electoral.
En ese sentido, y después de un largo trayecto jurídico, el martes pasado el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, presentó un proyecto de sentencia (disponible aquí: http://bit.ly/2tQPLBE) en el que propone declarar inconstitucional la reforma que alteró los nombramientos de cuatro magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral (TEPJF), mejor y popularmente conocida como #LeyDeCuates. Así, hace dos días, el proyecto del ministro superó las cuestiones de procedencia, por lo que el día de hoy el pleno de la SCJN comenzará a discutir el fondo del asunto.
En muy resumidas cuentas, estas son las 4 razones por las que el proyecto propone echar abajo la reforma mediante la cual los diputados y senadores alteraron los nombramientos de los magistrados electorales de Sala Superior: Felipe Alfredo Fuentes Barrera, Indalfer Infante Gonzales, Reyes Rodríguez Mondragón y José Luis Vargas Valdez.
1. La #LeyDeCuates viola el procedimiento de designación de los magistrados del TEPJF
El proyecto señala que con la #LeyDeCuates hizo que “el procedimiento constitucional de designación [fuese] menospreciado”. Esto, pues bastó una mayoría simple en ambas cámaras del Congreso de la Unión para alterar el nombramiento de los magistrados, mientras que la Constitución exige la intervención de dos poderes en la designación: la SCJN y una mayoría reforzada (calificada) en el Senado. En términos del proyecto, la #LeyDeCuates
“refleja un auto-otorgamiento de competencias constitucionales por parte del Congreso de la Unión para otorgar o prorrogar el nombramiento de magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que no tiene sustento en la Constitución Federal”.
2. La #LeyDeCuates transgrede el principio de independencia judicial
Sobre este tema, el proyecto enfatiza que los candidatos que participan en procesos de designación a cargos judiciales deben “conocer de antemano las condiciones del nombramiento, entre ellos el plazo, las cuales deben entenderse inmodificables”. Asimismo, señala que el periodo de nombramiento “es inmodificable legislativamente […], a fin de generar la certeza de que no existirá discrecionalidad en el cambio de las condiciones de la función jurisdiccional”.
Por lo anterior, el ministro Gutiérrez Ortiz Mena llega a la conclusión de que la #LeyDeCuates es inconstitucional, pues la modificación del nombramiento se realizó una vez que los magistrados ya habían rendido protesta. En ese sentido, su proyecto señala que:
“antes del inicio del procedimiento constitucional para la integración de la Sala Superior, el legislador secundario estaba en plena aptitud para regular el sistema de escalonamiento de los nombramientos de los magistrados […]. Sin embargo, una vez que se establecieron la duración de esos nombramientos y se culminaron las distintas etapas del procedimiento de designación por parte de la Corte y el Senado, habiéndose tomado protesta, se actualiza una prohibición de inmodificabilidad del legislador secundario de la duración de los cargos de esas magistraturas por virtud del principio de división de poderes y, en particular, del principio de independencia judicial”.
3. La #LeyDeCuates afecta los principios de seguridad jurídica e irretroactividad de la ley
El proyecto también señala que al alteración del periodo de designación de los magistrados viola dos principios básicos de toda democracia constitucional: la seguridad jurídica y la irretroactividad de la ley. Esto es así, pues la #LeyDeCuates supuso una “modificación legislativa [que] se realizó una vez finiquitada la elección de las personas que ocuparían [las] magistraturas” en la Sala Superior del TEPJF.
De acuerdo con el proyecto, con la #LeyDeCuates generó un perjuicio:
“en una multiplicidad de situaciones y sujetos: en una afectación a las garantías judiciales de los titulares de la función, en una incertidumbre de la colectividad respecto a la independencia judicial […], así como que se evita que, futuros aspirantes, que conocían las condiciones de elección escalonada de los miembros de la Sala Superior cada tres años tras la designación de veinte de octubre, puedan acceder conforme al procedimiento de elección en los tiempos que previamente se habían determinado […]”.
4. La #LeyDeCuates viola el sistema de renovación escalonada en el TEPJF
Finalmente, en el proyecto del ministro Gutiérrez Ortiz Mena se señala que la #LeyDeCuates “contradice frontalmente la arquitectura pretendida por el Poder Constituyente para la integración” del TEPJF. Esto es así ya que la renovación “escalonada” que contempla la Constitución “no debe[…] entenderse en forma aislada o meramente gramatical, sino en contexto con el contenido de[l] […] artículo 99 constitucional y su interpretación teleológica a la luz de las pautas pretendidas por el Poder Constituyente”. Entre dichas pautas, de acuerdo con el proyecto, se encuentra el que la renovación escalonada de los magistrados electorales coincida con la temporalidad de los procesos electorales federales (mismos que acontecen cada tres años).
La #LeyDeCuates contradice frontalmente este propósito. Esto es así, en palabras del proyecto, ya que:
“con la modificación de los encargos de los magistrados electorales para que duren alrededor de siete, ocho y nueve años […] se ocasiona un largo periodo de acumulación de experiencia sin renovación (siete años) y un periodo de rápida renovación con acelerada pérdida de experiencia (en tres años se renueva en su totalidad el órgano)”.
Los argumentos del proyecto son tan claros como contundentes. Y es que la verdad, resulta difícil defender lo indefendible. La #LeyDeCuates es una reforma a modo, que merma la legitimidad del Tribunal Electoral y que solo refuerza la narrativa de que, en la designación de magistrados electorales, se siguió una lógica de intereses partidistas y amiguismos, es decir, una lógica ajena a la legalidad. No todo se vale. No se pueden anteponer oscuros compromisos políticos a los límites que establece la constitución.
Y si de algo sirve, no hay que olvidar que el origen de este proceso lo sustentan más de 20 mil ciudadanos que firmamos, en menos de una semana, la petición de change.org/LeyDeCuates para solicitarle al Senado y a la Cámara de Diputados que rechazaran la iniciativa que alteró el mandato de cuatro magistrados electorales de la Sala Superior… Ante la lamentable actitud de nuestros (supuestos) representantes, queda depositar la esperanza en una institución como la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Sigamos pues el debate… Acá el link para seguir la transmisión en vivo, al rededor de las 11am.